1. Requisitos
Utiliza el formato que te ofrecemos en la parte inferior, o bien mediante escrito libre que deberá contener:
1. Nombre completo del solicitante.
2. Domicilio en el cual quieres te sea entregada la información que solicitaste (puede ser un correo electrónico).
3. La información que solicitas.
4. La forma en la que quieres que se te entregue la información:
* Copia simple
* Copia certificada
* Archivo digital, etc.
5. Dirección, área ó departamento del cuál requieres información.
6. Nombre y firma del solicitante.
2. Vías de presentación
Para tu mayor comodidad la Ley contempla una variedad de opciones para que puedas presentar tu solicitud de información, que a continuación te presentamos:
POR COMPARECENCIA. Si utilizas esta vía deberás presentar directamente tu solicitud de información ante la oficialía de partes ó a la Unidad de Transparencia de la Institución la cual quieras pedir información. Para el IMPLAN Santa María del Oro: Edificio Administrativo, Isla de Mexcaltitán # 2, colonia Los Pinitos, C. P. 63830.
VÍA CORREO ELECTRÓNICO. Esta vía es muy práctica, ya que sólo necesitas conocer la dirección electrónica de la Institución ó de la Unidad de Transparencia y enviar tu solicitud. Para el IMPLAN Santa María del Oro: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
DESDE EL PORTAL DE TRANSPARENCIA DEL SUJETO OBLIGADO. La mayoría de los sujetos obligados cuentan con un apartado en el cuál puedes realizar directamente tu solicitud de información, para el IMPLAN Santa María del Oro puedes acceder desde AQUÍ. Existe también el Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia al cual puedes acceder a través del siguiente enlace SIPOT si deseas consultar de manera directa la información.
3. Tiempo de respuesta
Una vez que presentaste tu solicitud de información la Ley contempla un periodo no mayor a 15 días hábiles para la respuesta, que deberá ser en los mismos términos, ya sea entregando la información, declarando la inexistencia de la misma o bien solicitando prórroga.
El uso de la prórroga; de manera excepcional, este plazo podrá ampliarse hasta por diez días hábiles cuando no sea posible reunir la información solicitada en dicho término. En su caso, el sujeto obligado deberá comunicar al solicitante, antes del vencimiento del plazo, las razones por las cuales hará uso de la prórroga. No podrán invocarse como causales de ampliación del plazo motivos que supongan negligencia o descuido del sujeto obligado en el desahogo de la solicitud.
4. Si ya tienes la información
¡FELICIDADES!
Obtuviste tu información, ahora le podrás dar el uso para la cuál la necesitabas. Recuerda que nadie te puede cuestionar que uso le darás a tu información o cobrarte por la misma (excepto los costos de reproducción).
5. ¿Qué haces si no te responden?
El ITAI, siempre deberá garantizar tu derecho de acceso a la información, por lo que si te ocurre lo siguiente:
No te responden en el plazo establecido.
La respuesta que te dieron es diferente a lo que pediste.
Te entregaron la información incompleta.
No estas conforme con el costo de reproducción de la información.
O en general no estas conforme con la respuesta que te dieron.
Podrás interponer una queja ante el ITAI, denominada RECURSO DE REVISIÓN para lo cual te proporcionamos aquí el formato que te ayudará:
Aquí puedes obtener el Formato de Recurso de Revisión
En el Estado:
Calle Country Club No. 20, Colonia Versalles, Tepic, Nayarit, México, C.P. 63138. Tels. (311) 217-74-14 o al 01 800 570 4906. Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.